El Reglamento sobre gases fluorados restringe el uso de varios refrigerantes. Le explicamos los antecedentes, lo que debe saber al respecto y cómo podemos ayudarle a convertir su sistema de refrigeración.
Es la forma más directa de legislación de la UE. Una vez adoptado, el Reglamento es jurídicamente vinculante en los Estados miembros de la UE. Equivale a la legislación nacional.
Todos los Estados miembros deben alcanzar los objetivos definidos. Las autoridades nacionales deben adaptar sus leyes para cumplir estos objetivos.
Reducción gradual de los gases fluorados
El actual Reglamento sobre gases fluorados de 2014 (UE 517/2014), en vigor desde enero de 2015, prohíbe el uso de refrigerantes con un PCG superior a 2500, restringe los refrigerantes de alto PCG en algunas aplicaciones e introduce la reducción progresiva de los gases fluorados de efecto invernadero (gases F). Como esto aún no es suficiente para cumplir el ambicioso objetivo de lograr la neutralidad climática en 2050, la directiva está siendo revisada.
El reglamento ya se ha completado en muchos puntos y su aplicación se ha endurecido considerablemente. Un cambio importante es la evaluación de un sistema según el potencial de calentamiento global (PCG) y la cantidad de llenado (kg) en el sistema. El producto de estos factores se denomina “equivalente de CO2” y es el parámetro decisivo para evaluar un sistema de refrigeración, para la comprobación de fugas y para el llenado de servicio.
El reglamento exige la reducción de las fugas mediante todas las medidas técnica y económicamente viables. Con una carga de refrigerante de 5 toneladas o más de CO2 equivalente, un sistema de refrigeración debe someterse a una prueba de fugas. Quedan excluidos los sistemas herméticos con una cantidad inferior a 10 toneladas de CO2 equivalente.